Bello, Antioquia

Familias de egresados del Liceo Antioqueño radicaron denuncia penal contra Precoltur

Las familias piden investigar presunta falsedad en los datos reportados al RUNT sobre la técnico-mecánica.

Canal RCN Tragedia de Remedios, Antioquia

Al cumplirse dos meses del trágico accidente en la vía Remedios–Zaragoza, que cobró la vida de 16 egresados del Liceo Antioqueño y del conductor, las familias de dos de las víctimas interpusieron una denuncia penal formal ante la Fiscalía General de la Nación. La acción judicial se dirige contra el Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) Servisuper LTDA y la empresa de transporte Precoltur S.A.S.

Le puede interesar: Imputan cargos a hombre en Medellín que golpeó a su novia hasta dejarla inconsciente: lo acusan de tortura y secuestro

Las denuncias surgen tras los hallazgos de la Superintendencia de Transporte, que sugieren que el bus de placas SON-847 no estaba en condiciones óptimas para transitar, pese a contar con certificados vigentes.

El eje central de la denuncia radica en una presunta alteración de resultados en la Revisión Técnico-Mecánica. Según el documento, el CDA Servisuper habría reportado información falsa al RUNT para aprobar un vehículo que presentaba fallas mecánicas, poniendo en riesgo la integridad de los estudiantes que viajaban desde Coveñas, Sucre, hasta la ciudad de Medellín.

"Se busca establecer si este es un modus operandi recurrente del CDA para emitir revisiones a vehículos que no cumplen con los estándares", reza el texto de la denuncia. Por esta razón, se solicita investigar los delitos de falsedad material en documento público, uso de documento falso y fraude procesal.

La acción judicial también apunta a los directivos de Precoltur S.A.S. El denunciante argumenta que la empresa habría incumplido con la seguridad social de sus conductores y con el mantenimiento preventivo de su flota. Para la defensa de las víctimas, la empresa era la "principal interesada" en obtener una aprobación irregular para mantener el vehículo en operación.

El abogado Diego García, apoderado de dos de las familias víctimas, elevó la denuncia con el propósito de que trascienda lo sancionatorio. Su postura es clara: este caso no puede quedar como una falta administrativa.

Cabe recordar que la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte ordenó, como medida preventiva de ejecución inmediata, la suspensión de la habilitación del Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) Servisuper LTDA por un periodo de seis meses. Esta decisión implica su desconexión del RUNT y la imposibilidad de expedir nuevos certificados de revisión técnico-mecánica. De igual manera, la autoridad ordenó la suspensión inmediata de la empresa de transporte Precoltur S.A.S. por el mismo lapso.

Con esta denuncia, se solicita a la Fiscalía 110 Seccional de Segovia que vincule estos hallazgos a la investigación por homicidio culposo que ya cursa en esa unidad. El objetivo es determinar la responsabilidad penal de representantes legales, administradores y técnicos que permitieron que el bus saliera a las carreteras de Antioquia convertido en una "trampa mortal".

Le puede interesar: Fuertes lluvias dejan 22 personas atendidas en el Valle de Aburrá

Detalles del documento de la Superintendencia de Transporte sobre el siniestro

"La Superintendencia de Transporte abrió investigación y formuló pliego de cargos a la empresa PRECOLOMBINA DE TURISMO ESPECIALIZADO S.A.S. - PRECOLTUR S.A.S. y a la COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA, propietaria del CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA, por su vinculación con el accidente ocurrido el pasado 14 de diciembre en la vía que comunica los municipios de Remedios y Zaragoza en Antioquia, que dejó como resultado 17 fallecidos y 20 heridos. El vehículo tipo bus transportaba a 45 personas, en su mayoría estudiantes de la Institución Educativa Liceo Antioqueño del municipio de Bello.

Para la ministra de Transporte, Mafe Rojas, es importante resaltar que, “este hecho, que tuvo como resultado la muerte de 16 adolescentes y el conductor del vehículo, y que además deja 20 heridos más, es una situación que no debe presentarse; lamentamos mucho lo acontecido y por ello estamos actuando con rigurosidad, pues la seguridad vial ha sido bandera del Gobierno del Cambio y no podemos permitir pérdidas de vidas inocentes. Seguiremos dando resultados, cumpliéndole con dignidad al país”.

“La SuperTransporte actuará con contundencia frente a este caso; por eso realizamos las verificaciones correspondientes a lo ocurrido y encontramos méritos para abrir investigaciones administrativas mediante la formulación de pliego de cargos, tanto a la empresa de transporte como al Centro de Diagnóstico Automotor, ya que hemos evidenciado presuntas alteraciones en los resultados de la revisión técnico-mecánica y en la información reportada al RUNT por parte de dicho organismo de apoyo al tránsito. Además, hemos podido constatar que la mencionada empresa hizo caso omiso a las recomendaciones correctivas sobre el estado del vehículo accidentado de placas SON847. Todo esto genera riesgo inminente para los usuarios, no solo los viajeros, sino también peatones y conductores de otros vehículos. Quiero enviar un mensaje al sector sobre el cumplimiento riguroso de las normas; de lo contrario, impondremos las sanciones necesarias para salvaguardar la vida de la ciudadanía”, enfatizó el superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave.

Antecedentes

El 14 de diciembre de 2025 se presentó un accidente de tránsito en la vía que comunica a los municipios de Remedios y Zaragoza en Antioquia, en el sector “El Chispero”, en el cual un vehículo de transporte especial de placas SON847 se precipitó a un abismo, dejando como resultado la muerte de 16 personas y 20 heridos.

Al día siguiente del accidente, la Superintendencia de Transporte y el operador homologado del Sicov evaluaron las evidencias fílmicas del sistema respecto de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes del vehículo de placas SON847, evidenciando inconsistencias en la inspección sensorial: el inspector no realizó la toma de medidas de labrado correctamente; no hubo revisión exterior del vehículo (rines, llantas, estado de las luces, carrocería, etc.); no hubo revisión interior (sillas, salida de emergencia, cinturones de seguridad, etc.). Adicionalmente, se constató ausencia parcial de las cintas reflectivas en la parte trasera del vehículo.

Lea aquí: Pico y placa en Medellín del 16 al 22 de febrero: así funciona la medida

Teniendo en cuenta lo anterior, la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte analizará la incidencia de las presuntas irregularidades presentadas durante la Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes frente al vehículo de placas SON847, ya que presuntamente se puso en riesgo la información del RUNT al expedir de manera irregular el certificado de aprobación.

De otro lado, como resultado del análisis efectuado por esta dirección, se pudo establecer que la empresa PRECOLOMBINA DE TURISMO ESPECIALIZADO S.A.S. – PRECOLTUR S.A.S., presuntamente incumplió varias obligaciones, como presentar e implementar un sistema de comunicación bidireccional entre la empresa y todos los conductores; contar en su organigrama con una estructura de tecnología e informática; afiliar a la totalidad de sus conductores al sistema de seguridad social; y mantener la normatividad vigente del plan de rodamiento, entre otras.

Pliego de cargos

Luego de realizar las verificaciones correspondientes, la SuperTransporte formuló cargos a la sociedad COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA como propietaria del Centro de Diagnóstico Automotor COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA, así:

  1. Por la presunta alteración de los resultados obtenidos por el vehículo de placas SON847 en la Revisión Técnico-Mecánica y Emisiones Contaminantes, vulnerando lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 19 de la Ley 1702 de 2013, pues se señaló que no se encontró ninguna irregularidad aun cuando no se realizó una debida inspección.
  2. Por presuntamente alterar, modificar y poner en riesgo la información reportada al RUNT, al indicar que el vehículo de placas SON847 había completado los requisitos para obtener la RTMyEC cuando, presuntamente, no se le realizaron la totalidad de las pruebas.
  3. Por presuntamente poner en riesgo a las personas con la prestación de su servicio al haber aprobado un vehículo cuyos resultados no pueden garantizarse, y por supuestamente no realizar la totalidad de las pruebas contempladas en la RTMyEC. Así, se puso en riesgo no solo a los usuarios sino a terceros.

Adicionalmente, la entidad formuló cargos a la empresa de transporte PRECOLOMBINA DE TURISMO ESPECIALIZADO S.A.S. – PRECOLTUR S.A.S., así:

  1. Por presuntamente no cumplir la condición de operación al no acreditar la implementación y funcionamiento del sistema de comunicación bidireccional exigido como requisito habilitante.
  2. Por presuntamente no acreditar la existencia de una estructura tecnológica e informática en su organigrama, ni presentar soporte suficiente sobre la planta de personal y las funciones asignadas a dicha dependencia.
  3. Por presuntamente no afiliar al Sistema General de Seguridad Social Integral a la totalidad de los conductores.
  4. Por presuntamente no implementar ni desarrollar programas de capacitación dirigidos a la totalidad de los conductores.
  5. Por presuntamente no expedir mensualmente los extractos de los contratos de vinculación en la forma prevista por la norma.
  6. Por presuntamente no implementar y aplicar de manera efectiva el programa de control del uso de sustancias psicoactivas y alcohol.
  7. Por presuntamente no articular debidamente el Plan de Rodamiento con las exigencias normativas aplicables.
  8. Por presuntamente no acreditar la subsanación de medidas correctivas recomendadas en la inspección de mantenimiento. Esto implicó que el vehículo pudo continuar operando en condiciones inseguras. Del análisis del Formato Único de Resultados generado el 29 de agosto de 2025 y de la inspección de mantenimiento realizada el 30 de octubre de 2025 al vehículo de placas SON847, se evidenció la presencia de alertas críticas relacionadas con el sistema de frenos, el estado de las llantas y los cinturones de seguridad, entre otras.

Medida preventiva

La Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte ordenó, como medida preventiva y de ejecución inmediata, la suspensión de la habilitación (registro en el RUNT) del Centro de Diagnóstico Automotor COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA por seis (6) meses, lo que conlleva la suspensión de la prestación del servicio a los usuarios y, por lo tanto, la imposibilidad de expedir nuevos certificados de RTMyEC.

Asimismo, ordenó, como medida preventiva y de ejecución inmediata, la suspensión de la empresa de transporte PRECOLOMBINA DE TURISMO ESPECIALIZADO S.A.S. – PRECOLTUR S.A.S. por seis (6) meses.

Lea más: Lluvias hicieron estragos en Medellín: inundaciones, caída de árboles y heridos