Una mujer de 31 años se recupera en el Hospital Marcos Fidel Suárez tras ser víctima de un ataque armado perpetrado por dos hombres en moto en el municipio de Bello, al norte del Valle de Aburrá.
El hecho sicarial se presentó en el sector del barrio Puerto Bello. Según las autoridades, la acción violenta ocurrió mientras la víctima se encontraba sentada en la entrada del establecimiento comercial donde labora, en presencia de su hijo menor de edad.
Hipótesis de las autoridades
Según la versión entregada por la afectada a las autoridades, dos sujetos que se movilizaban en una moto se aproximaron al lugar. Sin cruzar palabra, el parrillero desenfundó un arma de fuego de letalidad reducida y propinó ocho disparos contra la mujer, ocasionándole múltiples lesiones en distintas partes del cuerpo antes de darse a la fuga a alta velocidad.
Tras la agresión, la víctima fue auxiliada de emergencia y trasladada al centro asistencial, donde recibe atención médica por la gravedad de las heridas sufridas. Las autoridades locales iniciaron las investigaciones correspondientes y la revisión de cámaras de seguridad en la zona para identificar la ruta de escape e individualizar a los responsables del atentado.
Las armas de fogueo son peligrosas y causan daño
En el caso de las armas traumáticas, que disparan proyectiles de goma o polímero impulsados por pólvora, el principal peligro radica en la transferencia de energía cinética. A distancias intermedias, la fuerza del golpe es suficiente para causar fracturas óseas en costillas y cara, además de traumatismos contusos en órganos internos. Sin embargo, a corta distancia (menos de cinco metros), la munición de goma puede romper la barrera de la piel y comportarse como un proyectil penetrante, lo que deriva en hemorragias internas masivas y perforaciones pulmonares o cardíacas.
Ante este panorama, médicos emergenciólogos y especialistas en medicina forense enfatizan que el término "menos letal" no equivale a "inofensivo". La recomendación de los expertos es tratar cualquier dispositivo alimentado por pólvora con los mismos protocolos de seguridad y prevención que se aplican a las armas de fuego convencionales, evitando su manejo en contextos no controlados.
Qué dicen las leyes colombianas sobre el delito de intento de homicidio
Aunque la víctima sobreviva, la legislación penal colombiana sanciona con severidad la intención comprobada de quitarle la vida a otra persona, con penas que pueden superar los 15 años de cárcel.
En el marco del derecho penal colombiano, el denominado "intento de homicidio" se configura legalmente bajo la figura de la tentativa, contemplada en el artículo 27 del Código Penal, Ley 599 de 2000. Esta figura jurídica sanciona a quien inicia la ejecución de una conducta encaminada a quitarle la vida a un tercero mediante actos idóneos e inequívocos, pero no logra consumar el crimen por causas ajenas a su voluntad.