viviendas

Investigan a curador de Medellín por posibles fallas en el cobro de cargas urbanísticas

El Ministerio Público busca determinar si esta actuación generó un impacto negativo en la gestión del suelo urbano.

Alcaldía de Medellín Panoramica de la ciudad de Medellín

La Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria contra el curador urbano tercero de Medellín, Wilfran Adolfo Serna Montoya, por presuntas irregularidades en el cálculo y liquidación de obligaciones urbanísticas en un acto administrativo expedido el 3 de mayo de 2024.

El Ministerio Público busca determinar si esta actuación generó un impacto negativo en la gestión del suelo urbano y en los recursos derivados de dichas cargas, así como verificar si el procedimiento se ajustó a la ley.

¿Qué provocó la queja para que inicien la investigación?

El caso tuvo su origen en una queja ciudadana presentada ante la Contraloría que posteriormente fue remitida a la Procuraduría. En ella se advierten posibles discrepancias entre la fórmula aplicada por el curador y la exigida por el Acuerdo 048 de 2014, normativa que regula los aprovechamientos y las cesiones en la capital de Antioquia.

Como parte del proceso, el organismo de control ordenó la práctica de pruebas técnicas para verificar la corrección de las fórmulas utilizadas en la resolución investigada y evaluar el alcance de los cobros realizados.

¿Cuál es la función de un curador urbano?

Un curador urbano es un particular que ejerce una función pública permanente, encargado de verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes en un municipio o distrito.

Su rol principal consiste en examinar, tramitar y expedir las distintas licencias urbanísticas, como las de construcción, urbanización, subdivisión y parcelación, garantizando que los proyectos presentados por los ciudadanos se ajusten estrictamente al Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

En el marco de sus competencias, el curador realiza una revisión exhaustiva de los diseños arquitectónicos y estructurales presentados por los solicitantes.

Esta labor implica constatar que las futuras edificaciones respeten el uso del suelo asignado a cada zona, los índices de ocupación y construcción, las alturas permitidas, las áreas de cesión obligatoria y los retiros frente a vías o fuentes hídricas. De igual forma, verifica el estricto acatamiento de las normas de sismo resistencia para proteger la vida de los futuros ocupantes.

Además de estudiar los aspectos técnicos de cada proyecto, la curaduría urbana coordina procesos de citación y notificación a vecinos colindantes para garantizar la transparencia y el debido proceso. Esto permite que los terceros que puedan verse afectados por una obra tengan la oportunidad de conocer la solicitud, presentar observaciones o interponer los recursos de ley correspondientes antes de que la autorización sea concedida de manera definitiva.

Es fundamental señalar que el curador urbano actúa de manera autónoma e independiente, asumiendo responsabilidad disciplinaria, civil y penal por los actos administrativos que firma.

No obstante, su labor se enfoca de manera exclusiva en la verificación documental y la concesión legal de los permisos; la vigilancia del cumplimiento de lo autorizado durante el proceso de obra y el control a las construcciones ilegales recae directamente en los alcaldes locales y las inspecciones de policía.